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viernes, 11 de febrero de 2022

CALCULO DE LA JORNADA DE TRABAJO

El cálculo de la jornada anual 2022.

Al fin llegamos al tema central de este artículo qué es cómo puede saber el trabajador el número de horas que ha realizado en la empresa a lo largo de un año.

Si el trabajador ha realizado habitualmente horas extra o tiene un contrato a tiempo parcial este cálculo es muy fácil, siempre que la empresa cumpla con su obligación, que la Ley le impone sólo para estos dos casos, de llevar un registro diario de horas trabajadas y darle copia al trabajador: en este caso ya tenemos el dato solo con sumar las horas de cada registro a lo largo del año.

En todos los demás casos tendremos que hacer el cálculo partiendo de las horas que hacemos cada día y de los días de la semana que trabajamos y de la distribución de horas a lo largo de esos días de la semana: si todos los días de trabajo hacemos las mismas horas haremos el cálculo por días y si hay diferentes jornadas a lo largo de la semana (por ejemplo, si trabajamos ocho horas de lunes a jueves y cinco los viernes), tendremos que hacer el cálculo por semanas y reducirlo a días partiendo por cinco o por seis el total semanal.

Una vez que hemos calculado la media de horas cada día trabajado, deberemos aplicarle los días que efectivamente trabajamos y los que no: a los trescientos sesenta y cinco días que tiene el año debemos quitarle uno o dos a la semana (dependiendo del descanso semanal) además de los festivos (tanto nacionales como autonómicos y municipales que, en España, son en total 14), los días que tengamos que descontar por las vacaciones anuales disfrutadas así como, cuando el convenio de al trabajador días libres por asuntos propios. Por último si se han producido bajas laborales (por enfermedad, maternidad, paternidad, licencias por boda, etc.) también habrá que descontar esos días (pero con las precauciones que exponemos en el último párrafo del artículo). Si consideramos que es más cómodo o más exacto podemos hacer el cálculo por horas semanales pero aplicando todos los criterios antes dichos.

Por poner un ejemplo, calcular en promedio anual el tope del artículo 34 del ET, que hemos descrito más arriba, y que habla de  "cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual", suponiendo que el trabajador no ha estado de baja, que no tiene días de asuntos propios y que tenga el mes de agosto completo de vacaciones y que trabaje cinco días a la semana sería:

  • Cuarenta horas en cinco días a la semana serán ocho horas diarias..
  • Los días efectivamente trabajados serán: 365 días menos 31 días de vacaciones en agosto menos 14 festivos igual a 320 días.
  • 320 días (que son 35,71 semanas) menos dos días libres por semana hay que quitar 91,43 días de descanso semanal, lo que nos da un total de 228,57 días efectivamente trabajados.
  • Como cada día se ha trabajado, de media, ocho horas 228,57 días por ocho horas cada uno, en el año hemos trabajado 1.828 horas y 33 minutos.

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